Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación y a la formación en la empresa ordinaria - TR342C.
Enlace al DOG: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20230131/AnuncioG0656-100123-0007_es.html
BENEFICIARIOS:
- Personas empleadoras y las empresas, incluidas las personas autónomas que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad
- Empresas de inserción laboral, excepto para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social.
EXCLUSIONES:
- Las administraciones públicas, las sociedades públicas y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
- Las personas o entidades en que concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
- Las personas solicitantes que estén excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo y sanciones en la orden social.
OBJETO:
- Modalidades que incluye la línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena:
1. Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.
2. Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo.
3. Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijos-discontinuos a un mínimo de 9 meses.
4. Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
- La línea de incentivos a las acciones formativas en el centro de trabajo, de carácter opcional, dirigida a las personas contratadas mediante contratación indefinida inicial por medio de esta orden.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Desde el 1 de febrero de 2023 hasta el 29 de septiembre de 2023.
BASES REGULADORAS:
Orden de 10 de enero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación y a la formación en la empresa ordinaria, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR342C).
IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL:
1. Personas jóvenes: 6.000 €.
2. Personas paradas de larga duración: 10.000 €.
3. Personas de 55 o más años: 10.000 €.
4. Personas emigrantes retornadas y extranjeras: 10.000 €.
5. Mujeres: 14.000 €.
6. Personas con discapacidad y/o en riesgo o situación de exclusión social: 16.000 € (El incentivo será proporcional al tiempo efectivo de trabajo).
Las cuantías de contratación indefinida con discapacidad se incrementará en 1.000 € por la adaptación del puesto de trabajo o por la dotación de equipamientos de protección personal.
Las cuantías indicadas anteriormente se incrementarán en un 25% en los siguientes casos, que son acumulables entre sí:
- En el supuesto de que el centro de trabajo (o domicilio social, en caso de carecer de este) esté situado en un Ayuntamiento Rural.
- Si la persona contratada es mayor de 45 años (incremento no aplicable en el supuesto 3).
- Si la persona contratada es mujer (incremento no aplicable en el supuesto 5).
- Si la persona contratada es trans.
- Si la contratación se realiza con mujeres en profesiones subrepresentadas.
La cuantía máxima subvencionable por persona contratada es de 36.000€.
IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES PARA INCREMENTO DE LA JORNADA EN LAS CONTRATACIONES INDEFINIDAS:
- De jornada parcial a jornada completa: 2.000 €.
- De jornada parcial a jornada completa de personas con discapacidad: 3.000 €.
IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES PARA INCREMENTO DE LA DURACIÓN ANUAL DE LOS CONTRATOS FIJOS DISCONTINUOS:
- A un mínimo de 9 meses y a jornada completa: 4.000 €.
EXCLUSIONES:
- Contratos con familiares de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad.
- Personas socias o administradoras de la entidad solicitante.
- Contrataciones indefinidas iniciales que se realicen con personas trabajadoras que los 6 meses anteriores a la fecha de la contratación prestaran servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido, o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal.
PRINCIPALES OBLIGACIONES:
- En el caso de contrataciones indefinidas iniciales, mantener en el cuadro de personal a la persona por la que se recibe el incentivo.
- En los incentivos por adaptación del puesto de trabajo, mantener el destino de los bienes el mismo tiempo que tengan que mantener el puesto de trabajo.
- Enviar en el plazo de un mes, desde el día siguiente de la recepción de la resolución de la concesión, la evidencia del cartel de difusión.
Confección y presentación de declaraciones de IRPF, IVA, Retenciones, Sociedades.
Confección contratos trabajo, seguros sociales, nóminas y trámites seguridad social.
Llevanza contabilidad, confección de libros , balances y cuentas anuales.
Información y tramitación de subvenciones para autónomos y contratación trabajadores.
Intermediación en trámites administrativos en tráfico, transferencias, tarjeta transporte…