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Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación y a la formación en la empresa ordinaria - TR342C


Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación y a la formación en la empresa ordinaria - TR342C.

Enlace al DOG: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20230131/AnuncioG0656-100123-0007_es.html 

 

BENEFICIARIOS:

- Personas empleadoras y las empresas, incluidas las personas autónomas que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia. 

Centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad

Empresas de inserción laboral, excepto para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social. 

EXCLUSIONES:

- Las administraciones públicas, las sociedades públicas y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.

- Las personas o entidades en que concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. 

- Las personas solicitantes que estén excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo y sanciones en la orden social.

 

OBJETO:

- Modalidades que incluye la línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena:

1. Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.

2. Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo.

3. Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijos-discontinuos a un mínimo de 9 meses.

4. Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

- La línea de incentivos a las acciones formativas en el centro de trabajo, de carácter opcional, dirigida a las personas contratadas mediante contratación indefinida inicial por medio de esta orden.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Desde el 1 de febrero de 2023 hasta el 29 de septiembre de 2023.

 

BASES REGULADORAS:

Orden de 10 de enero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación y a la formación en la empresa ordinaria, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR342C).

 

IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL:

1. Personas jóvenes: 6.000 €.

2. Personas paradas de larga duración: 10.000 €.

3. Personas de 55 o más años: 10.000 €.

4. Personas emigrantes retornadas y extranjeras: 10.000 €.

5. Mujeres: 14.000 €.

6. Personas con discapacidad y/o en riesgo o situación de exclusión social: 16.000 € (El incentivo será proporcional al tiempo efectivo de trabajo).

Las cuantías de contratación indefinida con discapacidad se incrementará en 1.000 € por la adaptación del puesto de trabajo o por la dotación de equipamientos de protección personal.

Las cuantías indicadas anteriormente se incrementarán en un 25% en los siguientes casos, que son acumulables entre sí:

- En el supuesto de que el centro de trabajo (o domicilio social, en caso de carecer de este) esté situado en un Ayuntamiento Rural.

- Si la persona contratada es mayor de 45 años (incremento no aplicable en el supuesto 3).

- Si la persona contratada es mujer (incremento no aplicable en el supuesto 5).

- Si la persona contratada es trans. 

- Si la contratación se realiza con mujeres en profesiones subrepresentadas. 

La cuantía máxima subvencionable por persona contratada es de 36.000€.

 

IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES PARA INCREMENTO DE LA JORNADA EN LAS CONTRATACIONES INDEFINIDAS:

- De jornada parcial a jornada completa: 2.000 €.

- De jornada parcial a jornada completa de personas con discapacidad: 3.000 €.

 

IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES PARA INCREMENTO DE LA DURACIÓN ANUAL DE LOS CONTRATOS FIJOS DISCONTINUOS:

- A un mínimo de 9 meses y a jornada completa: 4.000 €.

 

EXCLUSIONES:

- Contratos con familiares de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad.

- Personas socias o administradoras de la entidad solicitante. 

- Contrataciones indefinidas iniciales que se realicen con personas trabajadoras que los 6 meses anteriores a la fecha de la contratación prestaran servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido, o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal.

 

PRINCIPALES OBLIGACIONES:

- En el caso de contrataciones indefinidas iniciales, mantener en el cuadro de personal a la persona por la que se recibe el incentivo.

- En los incentivos por adaptación del puesto de trabajo, mantener el destino de los bienes el mismo tiempo que tengan que mantener el puesto de trabajo.

- Enviar en el plazo de un mes, desde el día siguiente de la recepción de la resolución de la concesión, la evidencia del cartel de difusión.

 





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