Novedades

En esta sección encontrarás novedades importantes que iremos actualizando para nuestros clientes.
novedades

Ayudas Bono de las Personas Autónomas - TR341Q


Ayudas Bono de las Personas Autónomas - TR341Q 

Apertura plazo solicitudes desde el 25 de enero de 2023.

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20230124/AnuncioG0656-040123-0006_es.html  

 

BENEFICIARIOS:

Personas trabajadoras autónomas que estén dadas de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidades de colegio profesional:​

1. Que tengan domicilio en Galicia,

2. Que estén de alta en una actividad profesional de manera ininterrumpida a la fecha de solicitud de la ayuda de más de 42 meses 

3. Que tengan un rendimiento neto reducido en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 € y una facturación mínima de 12.000 €, IVA incluido en el año 2021.

Sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia y que cumplan los siguientes requisitos:​

1. Tener una persona autónoma societaria con una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses

2. Tener la empresa una facturación mínima anual de 12.000 €, IVA incluido en el año 2021.

3. Que la empresa tenga una base imponible en el impuesto de sociedades de la declaración referida al año 2021 realizada inferior a 30.000 euros (según la casilla 552 del impuesto del sociedades). En el caso de entidades que tributen en régimen de atribución de rentas, este importe de 30.000 euros se referirá al rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declaradas en el IRPF de la suma de todos los miembros de la sociedad o comunidad de bienes (modelo 184). ​

EXCLUSIONES:

1. Las personas que cobrasen esta ayuda en alguna de las convocatorias anteriores.

2. Los autónomos familiares colaboradores.

 

GASTOS SUBVENCIONALES:

- Aplicaciones informáticas, páginas web, apps y redes sociales: Importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al uso de programas informáticos. También incluye los gastos de creación y desarrollo de las páginas web que la empresa adquiera, siempre que su utilización esté prevista durante varios ejercicios, la creación y desarrollo de apps, así como los gastos de creación y mantenimiento, y con la condición de la previsión de utilización a lo largo de varios ejercicios, así como el apoyo a la creación y al diseño de participación en las redes sociales.

- Compra de maquinaria: Conjunto de máquinas o bienes de equipo mediante las cuales se realiza la extracción o elaboración de los productos.  

- Compra y/o instalación para la mejora de la eficiencia energética: Toda aquella compra de productos e instalaciones que reduzcan el consumo energético, lo que va desde el cambio de sistemas de iluminación a cambios de maquinaria o instalaciones.

Inversiones para la sustitución de combustibles fósiles o materiales críticos o escasos: Entendiendo por tal el cambio de máquinas e instalaciones de energías fósiles a energías limpias.

Compra de útiles y herramientas: conjunto de utensilios o herramientas que se pueden utilizar autónomamente o conjuntamente con la maquinaria, incluidos los moldes. 

Reforma de local de negocio, siempre y cuando no sea su domicilio habitual excepto en el caso de que quede acreditado que sea imprescindible para el desarrollo de la actividad del negocio. Se refiere a obras de sencilla técnica y escasa entidad constructiva y económica. Consisten normalmente en pequeñas obras de mejora y reparación, decoración u ornato, que no modifican la estructura constructiva. Se entiende por local del negocio el centro de trabajo declarado en los anexos, o cuya actividad sea el comercio minorista fuera de establecimientos comerciales permanentes, y otras actividades vinculadas a ferias y verbenas

Equipos informáticos: Las tabletas o similares, ordenadores personales de sobremesa, ordenadores portátiles, equipos de red, escáneres y similares.

- Rótulos: Carteles físicos identificativos de los negocios y de su localización, o cuya actividad sea el comercio minorista fuera de establecimientos comerciales permanentes, y otras actividades vinculadas a ferias y verbenas.

Diseño de marca: Creación de símbolo formado por imágenes o letras/caracteres que sirve para identificar un negocio y todo lo relacionado con él.

Equipamiento de oficina y/o mobiliario: Se considerará equipamiento de oficina todo aquel elemento susceptible de ser usado en un entorno de trabajo, tales como impresoras, destructoras de papel y otros similares, y por mobiliario, el conjunto de muebles que sirvan para la actividad normal de la empresa, como mesas, sillas, estanterías, mostradores y vitrinas.​

 

NO SE SUBVENCIONAN:

Teléfonos móviles ni smartphones.

 

PLAZO DE EJECUCIÓN:

Desde el 01 de enero de 2023 hasta el 29 de septiembre de 2023.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Desde el 25 de enero de 2023 a las 09:00 horas hasta el 29 de septiembre de 2023.​​

 

OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS:

Entre otras la más importante: permanecer de alta en el RETA o mutualidad de colegio profesional durante un tiempo mínimo de 2 años desde la solicitud de la subvención, salvo cese por causas ajenas a su voluntad, lo que se deberá acreditar de manera fidedigna.

 

CUANTÍA DE LA AYUDA:

80% con un máximo de 3.000 € por el conjunto de actividades subvencionables.

 





Buscador

ACCESO CLIENTES

Contacta con nosotros para conseguir una clave de acceso

fiscal
FISCAL

Confección y presentación de declaraciones de IRPF, IVA, Retenciones, Sociedades.

laboral
LABORAL

Confección contratos trabajo, seguros sociales, nóminas y trámites seguridad social.

contable
CONTABLE

Llevanza contabilidad, confección de libros , balances y cuentas anuales.

subvenciones
SUBVENCIONES

Información y tramitación de subvenciones para autónomos y contratación trabajadores.

gestoría
GESTORÍA

Intermediación en trámites administrativos en tráfico, transferencias, tarjeta transporte…